Resolución 1407 de 2018

Conozca de qué se trata la resolución 1407 de 2018 del Ministerio de ambiente. la cual reglamenta la gestión, formulación e implementación de un plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques en el territorio colombiano, el cual es de obligatorio cumplimiento para toda persona natural o jurídica que fabrique, ensamble, manufacture, importe, o ponga en el mercado productos que generen o integren envases y empaques.

Lo que debe saber sobre la resolución 1407 de 2018

  1. ¿Qué es la resolución 1407?


    Se expidió para reglamentar la utilización de empaques de papel, cartón, plástico, vidrio y metal en el sector industrial, mediante la optimización del uso de material en los envases y empaques. Por lo cual, las industrias deben formular un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques que fomente el aprovechamiento y la reutilización de los mismos.

  2. ¿A quienes aplica?

    La normativa estableció obligaciones y responsabilidades a toda la cadena productiva, incluyendo así a productores, comercializadores, importadores, gestores de residuos, empresas transformadoras, consumidores y a municipios y distritos.

  3. ¿Están excluidos algún tipo de empaques?

    Se encuentran excluidos del ámbito de aplicación los envases y empaques que correspondan a residuos peligrosos, de madera y fibras textiles naturales diferentes al papel y cartón, y los que correspondan a envases y empaques primarios de fármacos y medicamentos.

  4. ¿Qué plazo tiene para la implementación?

    •Los que estén identificados como productores a 31 de Diciembre de 2017, deben presentar el Plan de Gestión Ambiental a más tardar el 31 de Diciembre de 2020.
    •Los productores a partir del 01 de Enero de 2018, presentarán el plan de gestión ambiental a más tardar el 31 de Diciembre del año siguiente al primer periodo fiscal.
    •La presentación del informe de avance será el 30 de abril del año siguiente al periodo de evaluación del plan.

  5. ¿Quién es la autoridad ambiental encargada de hacer

    El Plan deberá presentarse ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea – VITAL.

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